Corticotrofina
Indicaciones
Como coadyuvante en el diagnóstico de la función adrenocortical.
Tratamiento de estados alérgicos y edematosos, desórdenes
endocrinos y reumáticos y enfermedades del colágeno,
dermatológicas, gastrointestinales, hematológicas, neoplásicas,
oftálmicas o respiratorias.
Posología
Adultos: Diagnóstico de la función adrenocortical: 10-25 U en 500
ml. de dextrosa al 5% administrados en 8 horas. Infusión I.V. lenta
Exacerbaciones agudas de esclerosis múltiple: 80-120 U al día
durante 2-3 semanas. I.M.
Demás casos: 20 U 4 veces al día. S.C. o I.M.
Las presentaciones de acción retardada se administran a la dosis de
40-80 U cada 24-72 horas. S.C. o I.M.
Contraindicaciones
Insuficiencia adrenocortical primaria o hiperfunción adrenocortical.
Insuficiencia cardiaca congestiva, hipertensión.
Herpes simple ocular, osteoporosis, escleroderma.
Sensibilidad a las proteinas de origen porcino.
Operación quirúrgica reciente, embarazo.
Precauciones
Ulcera péptica.
Infecciones fúngicas sistémicas.
Tratamientos prolongados, ya que puede aumentar el riesgo de
reacciones de hipersensibilidad.
No administrar vacunas, especialmente la de la viruela, a pacientes
sometidos a un tratamiento con corticotrofina.
Interacciones
La fenitoina disminuye su acción al acelerar su metabolismo por
inducción enzimática.
Administrada junto con salicilatos se aumenta el riesgo de aparición
de ulceración gastrointestinal.
Reacciones adversas
Ocasionalemente: Dolor de garganta, óseo, muscular o al orinar,
fiebre, edemas, acné, debilidad muscular, rubor, manchas oscuras en
la piel, retraso en la curación de heridas, crecimiento de pelo,
molestias gastrointestinales.
Raramente: úlcera péptica, reacciones de hipersensibilidad,
alcalosis hipokalémica, hipertensión, esofagitis ulcerosa,
cataratas, glaucoma.
Tratamientos prolongados: visión borrosa, vértigos, cefalea,
vómitos.
Dopajes
La corticotrofina es una sustancia prohibida tanto dentro como fuera de la competición.
Se considerará resultado analítico adverso si la concentración de dicha sustancia prohibida, o de sus metabolitos o marcadores y/o cualquier otro índice o índices relevantes en la muestra del deportista, se desvía tanto del rango de valores que se encuentran habitualmente en el organismo humano, que es improbable que corresponda a una producción endógena normal.
No se considerará que la muestra contiene una sustancia prohibida si el deportista demuestra que la concentración de la sustancia prohibida o de sus metabolitos o marcadores y/o el índice o índices relevantes se pueden atribuir a una condición fisiológica o patológica.